Los presidentes de la Asociación de Jubilados de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Asociación de Empleados Gerenciales de la AEE, Ernesto Santiago Pérez y Luz M. López Rivera, respectivamente, solicitaron hoy la renuncia inmediata del director de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC), José Pérez Vélez, por incumplir su deber de defender los intereses de los consumidores de la AEE.
Según los líderes gremiales, quienes también son clientes de la AEE, Pérez Vélez se ha negado atender sus peticiones de paralizar los procesos que se conducen ante la Comisión de Energía, donde se discute un cargo de transición que se verá reflejado como aumento en la tarifa de luz a abonados residenciales, comerciales e industriales.
«El señor Pérez Vélez no solo ha desatendido nuestro reclamo en contra del aumento, sino que ha ignorado las advertencias que le hemos hecho sobre la inconstitucionalidad de las vistas que realiza la Comisión para autorizar el aumento en la tarifa. Es inaceptable que este funcionario público, que debe actuar como defensor y portavoz de los intereses de los clientes de la AEE, se haga de la vista larga cuando se le exige que cumpla sus deberes», expresó Santiago Pérez.
Por conducto de su representación legal, los dirigentes de los gerenciales y jubilados de la AEE enviaron tres cartas al director de la OIPC solicitándole acción en defensa de los consumidores, mas no han recibido respuesta.
En su alegación, los líderes gremiales señalan que las vistas que actualmente celebra la Comisión, y en la que discuten el aumento en la luz, no proceden toda vez que responden a una petición presentada por la Corporación para la Revitalización de la Autoridad de Energía Eléctrica (CRAEE), entidad que no tiene autoridad para ello hasta tanto la Ley Núm. 4-2016 sea validada por un tribunal.
«La base legal que crea la CRAEE establece que, antes de iniciar funciones, ésta debe ser validada en un foro judicial y nosotros, como clientes de la AEE, hemos elevado un cuestionamiento legal a esos fines, solicitando se expida un interdicto preliminar para detener esas vistas ante la Comisión de Energía», denunció López Rivera.
Explicó que, según la Ley para la Revitalización de la AEE (Ley 4 del 2016), cualquier parte interesada puede comparecer y objetar ante la sala de San Juan del Tribunal de Primera Instancia la legalidad o validez del Capítulo IV de dicha ley o de cualquier asunto relacionado con el mismo dentro de los 60 días del término de caducidad.
El Capítulo IV (Artículos 31 al 42) crea la figura de la titulización como una nueva garantía prestataria para ciertos acreedores de la AEE. Esto significa que la corporación pública podrá emitir Bonos de Restructuración como resultado de la petición para el aumento en los costos de electricidad, lo que se dará mediante la imposición de los cargos de transición que ya se perfilan en un alza que, con otros, podría ser entre 21 a 25% en la factura.
«Hasta tanto el tribunal resuelva la validez del Capítulo IV de la Ley Núm. 4-2016, no procede la discusión sobre aumento alguno relacionado con la restructuración», insistió Santiago Pérez, quien anunció se ha solicitado ante el Tribunal de San Juan para que celebre una vista urgente, con miras a impedir que el aumento prospere, hasta que no resuelve si la Ley Núm. 4-2016 es válida.
En la petición judicial, los líderes gremiales también impugnan el hecho que los gastos de funcionamiento de la CRAEE están siendo costeados con fondos de la AEE.
«La AEE está haciendo desembolsos para pagar los contratos de otra corporación pública y eso es inconstitucional e inoficioso. Están utilizando el dinero que pagamos los clientes para mantener otra entidad y eso representa una acción ilegal que atenta contra los intereses de abonados residenciales, comerciales e industriales», sostuvo López Rivera.
En la demanda, los representantes de los gerenciales y jubilados, como clientes de la AEE, le solicitan al tribunal expida una sentencia declaratoria para decretar nula, ilegal e inconstitucional la erogación de los fondos públicos hecha por la AEE para pagar los gastos de la CRAEE y cualquier deuda incurrida por ésta.