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Demandan a Turismo por querer imponer Ley 66 en negociación colectiva

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La Compañía de Turismo de Puerto Rico tendrá su día en corte luego que la Asociación de Inspectores de Juegos de Azar (AIJA) recurriera ayer, lunes, al Tribunal de Primera Instancia de San Juan para frenar la intención de los directivos de esa corporación pública en imponer las disposiciones de la Ley de Sostenibilidad Fiscal (Ley 66-2014) en su nuevo convenio colectivo.
Según el presidente de la AIJA, Edgardo Lizardi Bonilla, los representantes de Turismo pretenden modificar unilateralmente las condiciones de trabajo de los empleados de la División de Juegos de Azar alegando que están obligados a aplicar la Ley 66 a la negociación colectiva y, por tanto, recortar beneficios laborales.
Sin embargo, para el líder sindical la Ley 66 no puede ser aplicada a Turismo porque el estatuto bajo el cual se creó la entidad pública (Ley Núm. 10 de 1970) le otorga personalidad legal independiente del gobierno del Estado Libre Asociado.
«Turismo tiene una condición jurídica distinta al resto de las agencias gubernamentales y así lo establece la ley. Además, en virtud de esa particularidad, el pasado 31 de julio de 2014 la Junta de Directores de Turismo autorizó a la directora Ejecutiva, Ingrid Rivera, a firmar una estipulación señalando su intención de no aplicar a nuestro convenio, ni a futuras negociaciones, las disposiciones de la Ley 66», expresó Lizardi Bonilla.
El dirigente de la AIJA aseguró que esa estipulación consigna el entendido entre la unión y la Junta de Directores de que, por su condición legal y económica, Turismo no tenía la intención de aplicar la Ley 66 para fines del convenio y la negociación colectiva.
La demanda presentada por el gremio sindical se ampara en el Artículo 5 de la Ley Núm. 10 que establece que la corporación pública posee «dominio y total intervención sobre todas sus propiedades y actividades, incluyendo el poder de determinar el uso y la inversión de sus fondos, y el carácter y la necesidad de todos los gastos y el modo cómo los mismos deberán incurrirse, autorizarse y pagarse, sin tomar en consideración ninguna disposición de ley que regule los gastos de fondos públicos».
Destaca, además, que la Ley Núm. 10 señala que los dineros de Turismo se mantendrán en cuentas separadas del resto de los fondos del gobierno y sus desembolsos se harán de acuerdo con los presupuestos aprobados según sus leyes y reglamentos.
De esa manera, reiteró Lizardi Bonilla, Turismo está facultado para operar con independencia en el manejo de sus recursos económicos que, en su gran mayoría, provienen de la operación de las tragamonedas y de los cuales se deriva el pago de los salarios y beneficios marginales de los representados por la AIJA.
Para el líder sindical, otra de las razones por las que Turismo está impedida constitucionalmente de imponer la Ley 66 es porque tiene una operación financiera saludable, no es un emisor de bonos y no tiene clasificación crediticia de ningún tipo.
Estos elementos son requerimientos de la Ley 66 para justificar la aplicación de sus disposiciones en las corporaciones públicas.
«Turismo no tiene una situación financiera deficitaria. Por el contrario, en los últimos años ha informado una actividad económica estable y así está señalado en los informes de presupuesto que la agencia ha presentado ante la Legislatura», dijo.
Por consiguiente, agregó, «si en Turismo no hay situación económica en déficit o perdidosa; si no existe un estado crediticio deteriorado porque la corporación no emite bonos; si no se justifica ninguna declaración de emergencia en la Compañía; entonces no procede la aplicación de la Ley 66 en el proceso de negociación colectiva».
Bajo esos señalamientos, la AIJA solicita al tribunal declare «ilegal, nulo, ineficaz e inconstitucional» la intención de aplicar la Ley 66 en la Compañía de Turismo.
Al mismo tiempo, el líder sindical denunció que la corporación ha incurrido en un aumento continuó en las partidas de gastos por Servicios Comprados y Anuncios y Pautas en Medios, contrario a las prácticas de austeridad que ha recomendado el ejecutivo.
Como ejemplo, Lizardi Bonilla enumeró que, según documentos presupuestarios de la agencia, el pasado año Turismo aprobó un gasto de $11.5 millones en Servicios Comprados, una cifra que representó un incremento de $4.8 millones (72%) por encima del presupuesto anterior.
Indicó que lo mismo ocurrió en el renglón de Anuncios y Pautas en Medios, en el que se gastó $28.7 millones en 2014, lo que significó $1.012 millones adicionales.
Para el nuevo presupuesto que entró en vigor el 1 de julio, ambas partidas han sido aumentadas nuevamente, reveló el líder de los inspectores de casinos.
«En Turismo hay poca consistencia entre el discurso, los acuerdos convenidos con nuestra unión y las prácticas en el manejo del presupuesto. Es una compañía con estabilidad económica que, así como no justifica recortes en beneficios laborales, tampoco justifica aumento en sus gastos de servicios y pautas publicitarias», acentuó.
La AIJA y Turismo iniciaron negociaciones el pasado mes de julio y la unión ha propuesto mantener el actual convenio colectivo inalterado, tanto en las cláusulas económicas como no económicas.
Entretanto, la dirección de la corporación ya ha comenzado a aplicar unilateralmente algunas medidas de recorte en menoscabo de los derechos consignados en la carta contractual de los trabajadores que, según lo convenido, permanecen vigentes mientras transcurre una nueva negociación.

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