Foto Secretario DRN
Puerto Rico cuenta con un nuevo Reglamento para la protección, conservación y manejo de los arrecifes de coral que, por primera vez, atiende el mandato impuesto en la Ley Núm. 147 de 1999, según enmendada, conocida como Ley para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes de Coral en Puerto Rico, informó el secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Nelson J. Santiago Marrero.
El titular hizo el anuncio en la coyuntura de la Semana del Arrecife de Coral en la que el DRNA y grupos e instituciones colaboradoras celebran múltiples actividades educativas sobre este importante ecosistema marino de gran biodiversidad e incalculable valor por los importantes beneficios socioeconómicos, ambientales y recreativos que ofrece. El arrecife de coral protege las costas contra la erosión y los embates de las olas, sirve como hábitat para muchas especies marinas, incluyendo las de consumo humano, es fuente de compuestos químicos naturales para el tratamiento de enfermedades, y sirve de fuente de recreación, ayudando así a fortalecer la economía.
«El Reglamento se adopta con el propósito de brindar protección a los arrecifes de coral, comunidades coralinas y ecosistemas asociados. Establece los criterios para designar reservas marinas y áreas de recuperación para arrecifes; crea un protocolo para atender los encallamientos de embarcaciones y regula las actividades comerciales, educativas y científicas. También enumera las prácticas prohibidas, el plan de mitigación, penalidades y crea un fondo especial por concepto de multas, donaciones, traspaso, concesiones y pagos por la radicación de solicitudes de permisos’, detalló Santiago Marrero.
Además, crea el Comité Asesor de Arrecifes de Coral para identificar factores que impacten negativamente los arrecifes de coral y contribuir en la implantación de medidas de conservación.
Prácticas como extraer, dañar o destruir cualquier coral, arrecife de coral o comunidad coralina, sistema marino asociado están prohibidas. No se permite la venta, donación o tráfico de corales, vivos o muertos, así como contaminar o anclar embarcaciones en estos sistemas.
«Exhortamos a no fomentar estas prácticas ilegales o comprar corales ni organismos asociados a los arrecifes de coral, como las estrellas de mar, caracoles, erizos, pepinos de mar y anémonas. Las penalidades por infringir la Ley Núm. 147 y este Reglamento consisten en multas administrativas que fluctúan entre los $500 y $10,000. Los fondos generados por estas multas serán utilizados para capitalizar en investigaciones, educación y programas de mejoras de corales», destacó el secretario del DRNA.
El nuevo Reglamento se adopta en conformidad con la Ley Núm. 147 de 1999, según enmendada, conocida como Ley para la Protección, Conservación y Manejo de los Arrecifes de Coral en Puerto Rico, y deroga el Reglamento Núm. 2577 para Controlar la Extracción, Posesión, Transportación y Venta de Recursos Coralinos en Puerto Rico, de 1979.
Los corales son de gran importancia para la industria pesquera y nuestra alimentación; sirven de barrera natural contra las embestidas de las olas y contra la erosión costera. Debido a su diversidad, comparable con la de los bosques lluviosos tropicales, belleza y colorido fomentan el turismo y los fragmentos y acumulaciones de sedimentos y arenas calcáreas que se origina de los corales y organismos con esqueletos calcáreos suplen a las costas con las arenas blancas de la playas.
En Puerto Rico, durante los pasados 17 años, se han estudiado más de 60 arrecifes de coral a diferentes profundidades entre 3 a 35 metros, la mayoría de estos en áreas naturales protegidas.