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La secretaria del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Carmen R. Guerrero Pérez, informó que pese a que la agencia considera necesario que se encaminen soluciones para la controversia de las casetas y muelles que sitúan en el agua y terrenos de dominio público de La Parguera, no favorece el proyecto de ley que crearía una zonificación especial turística para esa zona.

En vistas públicas, la titular indicó que el proyecto del Senado número 1621, como fue redactado, resulta incompatible con la naturaleza de los bienes de dominio público marítimo terrestre que pertenecen a todo el Pueblo de Puerto Rico y recomendó que se solicite una consulta formal al Departamento de Justicia por ser la agencia que representa los derechos y bienes del pueblo.

«Coincidimos en que el tema de las ocupaciones ilegales en la ZMT es uno que merece atención inmediata. No obstante, no favorecemos el P. de la S. 1621, según redactado, por entender que el mismo es incompatible con la naturaleza de los bienes de dominio público marítimo terrestre, los cuales le pertenecen a todo el pueblo de Puerto Rico», expresó la planificadora.

Dijo que está en la mejor disposición de reunirse con la Comisión, grupos técnicos, científicos, comunitarios y de interés para discutir más en detalle las estrategias de manejo que vayan dirigidas a reducir significativamente los impactos en el ambiente, la vida y la seguridad que ocasionan la construcción ilegal de estructuras en la zona marítimo terrestre, así como a fomentar el turismo, en especial de naturaleza.

«Tanto el DRNA como el Plan Ambiental del gobernador Alejandro García Padilla han recomendado en los pasados años que se desarrolle una nueva Ley de Costas para Puerto Rico. Entre otras cosas, esta nueva Ley de Costas debe dar una directriz clara al DRNA sobre cómo atender todos los tipos de ocupaciones en la zona marítimo terrestre de cara al futuro. Lo anterior da paso a que logremos la legislación necesaria para proteger a la ciudadanía de riesgos costeros, a nuestras costas y recursos naturales, y a la vez brindar certeza jurídica», señaló la titular.

Dijo que, a modo de ejemplo, se podría evaluar el cobro de una penalidad por ocupación ilegal no autorizada y brindarle un periodo corto de tiempo por determinarse que no sea renovable al dueño de la estructura para que remueva la misma de la zona marítimo terrestre. La totalidad de ese canon debe ser depositado en un Fondo Especial de la Zona Marítimo Terrestre a favor del DRNA, el cual se utilice para los trabajos de delimitación, vigilancia, conservación y saneamiento de la zona marítimo-terrestre, así como de adaptación a los riesgos costeros y manejo de erosión costera.

No obstante, planteó que de ninguna manera dicho cargo constituirá una legalización de la ocupación ni garantizará la permanencia de la estructura no compatible con los aprovechamientos en los bienes de dominio público marítimo terrestres. Asimismo, no se podrá impedir el derecho al libre acceso de nuestras costas y playas, las cuales además del gran valor natural y ecológico que albergan, son uno de los más grandes atractivos turísticos de nuestra Isla.

Afirmó que en la actualidad ya existe una zonificación especial para La Parguera aprobada por la Junta de Planificación.

Mencionó que el 13 de junio de 1978, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos de Norteamérica (USACE, por sus siglas en inglés), suscribieron el Memorando de Entendimiento del Área Recreacional La Parguera (MOU) que dispone que el ELA se comprometió a remover toda estructura abandonada, insegura o peligrosa de las aguas y manglares de La Parguera y, dentro de 12 años desde la firma del MOU, eliminar toda tenencia privada en la ribera.

El USACE, a su vez, se comprometió a no conceder permisos para residencias o muelles privados construidos luego del 9 de julio de 1977 en las aguas costaneras navegables de La Parguera; tampoco se concederían para estructuras privadas construidas en las aguas navegables alrededor de las islas y cayos cercanos. Todos los permisos concedidos por el COE con antelación al MOU a dueños de muelles, casas y otras estructuras privadas serían nulos luego del 1ro de enero de 1980.

«Hoy, 38 años más tarde, resulta imperante que como país analicemos cómo vamos a atender las ocupaciones existentes en la zona marítimo terrestre; no solo exclusivamente para La Parguera, sino también a través de todo Puerto Rico, enmarcando las estrategias de manejo en el mandato constitucional de la más eficaz conservación de los recursos naturales y en el libre acceso a nuestras costas. Tomando en consideración lo mencionado, y según detallamos a continuación, nos preocupa de sobremanera el efecto que tendrían sobre nuestras costas las enmiendas propuestas por la presente medida legislativa según redactada y el precedente que se crearía de aprobarse la misma, pudiendo ser replicado de manera fragmentada para diversas partes de la Isla», sostuvo Guerrero Pérez.

Mencionó que hay preocupación con el hecho de que el proyecto dispone que puedan otorgarse concesiones por términos renovables de 99 años porque podría constituir una privatización de los bienes de dominio público marítimo terrestre, así como una desafectación de facto de los mismos y contraviene con la naturaleza pública de los mismos.

Otro de los elementos que genera preocupación al DRNA es que el proyecto presenta la posibilidad de que se hagan reparaciones de las estructuras actualmente construidas porque deja la puerta abierta para que se hagan restauraciones o reconstrucciones completas de las estructuras ilegales.

Guerrero Pérez recalcó que las estructuras ilegales en la zona marítimo terrestre han representado un impacto sobre los derechos del pueblo al libre uso y disfrute de nuestras playas, y un riesgo a la seguridad pública del país. Algunos de esos problemas son: la reducción parcial o total de los accesos a la costa y las playas; el menoscabo de la integridad de los sistemas naturales típicos de la costa, reflejado por el vertido, sin autorización o de aguas residuales; el incremento en los riesgos a la seguridad pública y de la propiedad, resultantes de construcciones y desarrollos dentro de la zona marítimo terrestre que ocasionan la erosión y degradación del litoral, son algunos de los problemas que caracterizan este tipo de actividades. Estos riesgos se ven acrecentados hoy día por los efectos adversos del cambio climático, incluyendo el aumento en el nivel del mar y la intensidad y magnitud de eventos extremos del clima, los cuales aumentan la vulnerabilidad y los riesgos a la vida y la propiedad de las personas que se encuentran ocupando de manera ilegal la zona marítimo terrestre.

 

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