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El senador por el Distrito de Ponce, Luis Berdiel Rivera, denunció hoy que la compañía Applied Energy Services (AES) contrató servicios de cabilderos para presionar a los legisladores a favor del depósito de cenizas de carbón en Peñuelas.

AES, a través de su cabildero, Ángel Bosch de León contactó al senador Berdiel Rivera para  presentarle “los datos necesarios para tomar una decisión informada” en relación a los proyectos radicados que proponen prohibir mediante ley el depósito de cenizas de carbón o cualquier residuo de combustión de carbón como material de relleno en proyectos de construcción y su depósito en cuerpos de agua.

En respuesta a la solicitud de AES, Berdiel Rivera les comunicó mediante comunicación escrita que entiende su posición, pero no se reunirá con la empresa señalando que “mi postura ahora y siempre se ha mantenido firme en contra de la utilización y el depósito de las cenizas en Puerto Rico”.

“Puerto Rico y este servidor estamos informados de lo que es AES y cómo el depósito de cenizas en nuestra Isla afecta a la población. Basta ver cómo el pueblo se ha manifestado con protestas y ante los medios de comunicación en contra de estos materiales químicos nocivos a la salud. Puerto Rico no está solo en esto porque el gobierno de República Dominicana entabló una demanda contra AES en los tribunales de Delaware que posteriormente fue transada por $6 millones. La salud de nuestro pueblo no está a la venta ni tampoco en juego”, sostuvo el senador por el Distrito de Ponce.

Berdiel Rivera es el autor del Proyecto del Senado 123 que radicó en conjunto con el senador Vargas Vidot. En dicha pieza legislativa, radicada el 2 de enero pasado, que propone prohibir mediante ley el uso de las cenizas de carbón y sus residuos como material de relleno en proyectos de construcción, carreteras y en cuerpos de agua.  También disponer que las cenizas sean exportadas por sus generadores.

La medida detalla que ningún generador de cenizas de carbón podrá almacenar las mismas en Puerto Rico  por más de 90 días a partir de la fecha de generación. Durante este periodo, previo a la preparación para su disposición final, las cenizas deben estar bajo la tenencia, control, supervisión o custodia del generador y deberán estar contenidas en construcciones cerradas que impidan el acceso a la atmósfera.  Quienes violen la ley incurrirán en delito grave por un término fijo de tres años, pena de multa de $10 mil por cada violación y/o ambas penas según determine el Tribunal.

El historial del depósito de cenizas de carbón por parte de AES, según el proyecto senatorial, se remonta al 2002 cuando esta compañía ubicó sus facilidades en el barrio Jobos de Guayama produciendo anualmente 250 mil toneladas de cenizas de carbón. En un principio, la empresa exportó sus cenizas a República Dominicana para ser usadas como material de construcción en el pueblo Arroyo Barril.  Ante esto,  la Universidad Autónoma de Santo Domingo publicó un estudio en el que se reveló que los residentes de dicho pueblo sufrieron, a causa del depósito de cenizas, lesiones pulmonares, enfermedades respiratorias, lesiones en la piel, defectos congénitos y abortos espontáneos. Posteriormente, el gobierno nacional entabló una demanda contra AES en los tribunales de Delaware que transaron por $6 millones.

El Proyecto del Senado 123 está ante la consideración de la Comisión de Salud Ambiental y Recursos Naturales del Senado.

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