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Nadie inspeccionará las máquinas tragamonedas en el aeropuerto 

 

tragamonedas-en-aeropuertoFoto Archivo

 

El presidente de la Asociación de Inspectores de Juegos de Azar (AIJA), Edgardo Lizardi Bonilla, denunció hoy que las máquinas tragamonedas instaladas en el Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín operarán sin la inspección requerida en ley, luego que la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) se negó a asignar inspectores autorizados en el aeropuerto.
Lizardi Bonilla recordó que la Ley de Juegos de Azar (Ley Núm. 248 del 15 de mayo de 1948, según enmendada) obliga a la CTPR a supervisar y fiscalizar la operación de máquinas tragamonedas en la isla, tarea que, de conformidad con el Reglamento de Juegos de Azar, recae en los inspectores, definidos como los representantes del gobierno en cualquier instalación donde se coloquen máquinas de juego.
«Nosotros somos los mandatados para velar por el estricto cumplimiento de la ley, el reglamento y las normas administrativas establecidas por la CTPR. Pero, para esta ocasión, por razones que nos parecen turbias, la directora de Turismo, Ingrid I. Rivera Rocafort, ha decidido no asignar nuestro personal para supervisar y fiscalizar la operación de esas máquinas», manifestó el líder gremial.
Señaló, además, que al no haber inspectores vigilando la operación de esas tragamonedas se violentan los derechos de los jugadores y hasta se podría llegar a manipular la cantidad de recaudos y ganancias.
«Nuestra función es supervisar y fiscalizar todo tipo de tragamonedas y juegos de mesa. También somos quienes decidimos, en última instancia, cualquier reclamación o controversia que surja en relación a su operación, al igual que con cualquier otro juego de mesa, incluyendo situaciones relacionadas con torneos y disputas por el pago de los premios», sentenció.
La CTPR inauguró hoy el primer salón de juegos del aeropuerto con la instalación de 120 máquinas tragamonedas, ubicadas en los terminales A, B y C, correspondiente a los terminales de las líneas aéreas JetBlue, United y American Airlines y que serán manejadas por Aristocrat Gaming Technology.
Ha trascendido que esa empresa tiene como cabildero a Roberto Prats, exsenador y activo recaudador del Partido Popular Democrático (PPD), quien además es presidente en Puerto Rico del Partido Demócrata de Estados Unidos.
Se espera que en los próximos meses el número de máquinas en el aeropuerto aumente a 300.

Turismo también incurre en prácticas ilícitas
Tan pronto la AIJA se enteró del inminente establecimiento de máquinas tragamonedas en el aeropuerto, en 2014, se comunicó por escrito con el director de la División de Juegos de Azar, Andy Viera, para coordinar la forma y manera en que se asignarían los turnos de inspectores.
El funcionario respondió que reconocía que las tareas de fiscalización le corresponden a los inspectores de juegos de azar, pero que para esta ocasión, «se conduciría de manera diferente».
Tras esa respuesta, la AIJA radicó un Cargo de Práctica Ilícita contra la CTPR ante la Junta de Relaciones del Trabajo que aún está sin resolverse.
De la misma manera, para el líder sindical la negativa de la CTPR en nombrar inspectores de juegos de azar en la zona del aeropuerto donde se instalaron las tragamonedas es, además, una acción que violenta los derechos laborales de los inspectores.
«La CTPR está violando su deber de negociar colectivamente materias mandatorias relacionadas a las cláusulas que definen nuestra unidad apropiada, tal y como se establece en nuestro convenio colectivo. A tales efectos, le imputamos a la señora Rivera Rocafort haber consentido al establecimiento y funcionamiento de máquinas tragamonedas en el aeropuerto en un intento por descomponer nuestra unidad apropiada», sentenció Lizardi Bonilla en referencia a los artículos aplicables del convenio colectivo de la AIJA.
El dirigente del gremio enfatizó que la Sección 6 del Artículo XXX, establece que la CTPR está obligada a no permitir la operación de una sala de juego sin la presencia de un inspector.
Ante esto, la AIJA está evaluando las acciones legales que se puedan instar para Impugnar el Reglamento que se aprobó, por éste incumplir con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y con la propia Ley de Juegos de Azar.

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