A reglamentar la facturación de AEE y AAA en períodos de emergencia

 

Luego de que en los pasados cinco meses miles de clientes de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) denunciaran que las facturas que recibieron tras el paso de los huracanes Irma y María, no reflejan el verdadero consumo de electricidad, el Senado aprobó hoy crear la «Ley de Facturación Justa, Razonable y Transparente de los Servicios Públicos» que aplicaría en momentos de emergencia en los que no se pueda proveer por más de 24 horas los servicios de energía eléctrica y agua potable.

La radicación y aprobación del Proyecto del Senado 811, surge porque no existe un marco legal que regule la respuesta en cuanto a facturación y cobro de la AEE y la AAA se refiere particularmente en escenarios que provoquen que dichas agencias no puedan brindar dichos servicios a los clientes. Por lo tanto, el proponente de la medida, senador Miguel Romero Lugo, recomendó implementar tres principios que regirán todo proceso de facturación en situaciones de emergencia.

El primer principio es que si en la totalidad de un periodo de facturación los abonados no contaron con los servicios de la AEE y la AAA, no se le podrá facturar bajo ningún concepto pero de emitirse una factura la misma deberá leer $0.00 salvo que los clientes tengan una deuda con las agencias.

Por el contrario, si los abonados recibieron agua potable o energía eléctrica en parte del periodo de facturación concerniente, se descontarán los días en los cuales los clientes no contaron con los servicios de AEE y AAA. Por último, si en la totalidad de un periodo de facturación dentro del cual surgió una situación de emergencia los abonados recibieron ambos servicios la factura deberá revelar el consumo total.

En el caso de la AEE, la Comisión de Energía, podrá establecer mediante reglamento la forma en que se aplicarán la prohibiciones. Una vez firmada la Ley la AEE, la AAA y la Comisión de Energía tendrán un plazo de 30 días para conformar sus procedimientos, reglamentos, mecanismos de facturación y de cobro. Al convertirse en Ley las disposiciones serán retroactivas al 6 de septiembre de 2017.

En la presentación de la medida el senador Romero Lugo dijo que con la aprobación de este proyecto de ley «protegemos a los consumidores, promovemos la justicia y obligamos a las corporaciones públicas del gobierno a que atemperen sus procesos de facturación a la realidad de Puerto Rico».

La medida fue endosada por la Comisión de Energía, la Oficina de la Procuradora del Ciudadano y el Departamento de la Vivienda. Por su parte, la AEE expresó en una ponencia que está a favor de la medida pero que no tiene los recursos económicos para actualizar el sistema de facturación con la inmediatez que se exige mediante la pieza legislativa.

A pesar de que el gobernador Ricardo Rosselló Nevarez promulgó una Orden Ejecutiva en la que sentencia que no se puede facturar a los clientes por servicios no recibidos, la AEE continúa enviando facturas que incluyen periodos en los cuales los abonados no contaron ni cuentan con el servicio de energía eléctrica. En algunas ocasiones las facturas reflejan ciclos de varios períodos acumulados incluyendo los meses de septiembre y octubre en los cuales la gran mayoría del País no contaba con ambos servicios.

A pesar de que las Comisiones de Gobierno y de Asuntos del Consumidor y Servicios Esenciales solicitaron memoriales explicativos por parte de la AAA, el Departamento de Justicia y el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), dichas agencias no enviaron los mismos.

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