El Juez Superior Alfonso Martínez Piovanetti emitió ayer en la tarde un fallo a favor del representante José Bernardo Márquez en su demanda contra el Departamento de Educación (DE) por la falta de rendición de cuentas sobre el dinero público destinado a servicios directos en las escuelas.
La controversia surge luego que Márquez llevara meses solicitando al DE los informes anuales requeridos por la Ley 85, conocida como la «Reforma Educativa», en los cuales el Secretario(a) de Educación debe demostrar que no menos del 70% del presupuesto departamental se dirija a servicios directos. Desde la entrada en vigor de la ley, el DE no había rendido ni un solo informe hasta tanto el Representante Márquez instó la demanda.
En su Sentencia, el Juez determinó que «[d]esde que entró en vigor la Ley Núm. 85-2018, ni el DE ni su Secretario(a) cumplieron oportunamente con el deber impuesto en la referida disposición, pues no se rindió el informe anual a la Asamblea Legislativa con la información requerida durante el trámite de la solicitud presupuestaria de la agencia para los años fiscales 2018-2019, 2019-2020, 2020-2021, 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024″.
Por tal razón, el Juez concluyó que «procede conceder un remedio declaratorio en el presente caso a los fines de declarar y aclarar que el informe anual que debe ser rendido a la Asamblea Legislativa a tenor de lo dispuesto en el Artículo 2.02 de la Ley Núm. 85-2018, debe consignar específicamente el porcentaje de los fondos del presupuesto departamental que van dirigidos a servicios directos a los estudiantes en las escuelas».
En reacción a la Sentencia, el Representante expresó estar satisfecho con la determinación judicial que protege el derecho a la educación y la función fiscalizadora de la Legislatura. «Es simplemente inaceptable tener escuelas tan deterioradas y desatendidas, mientras el Departamento administra un presupuesto de $5.8 billones. Esta sentencia y estos informes nos permitirán identificar en qué parte del aparato administrativo se está quedando ese dinero y procurar así que, en efecto, llegue a las escuelas y a los estudiantes».
Por último, el DE argumentó en el caso que el mandato de la Ley 85 sobre los informes presupuestarios y el 70% de servicios directos solo aplicaba a fondos estatales, pero el Juez concluyó que aplica a todo el «presupuesto departamental», incluyendo fondos federales.